El régimen de funcionamiento del Consejo Social queda establecido en el artículo 21 del Decreto 49/2010, de 18 de noviembre, por el que se regula la organización y funcionamiento de los Centros Integrados de Formación Profesional en Castilla y Léon.
El Consejo Social es el máximo órgano de participación de toda la Comuninidad Educativa en el Centro. Su competencia se extiende a la totalidad de las enseñanzas impartidas en el Centro.
La composición del Consejo Social de los centros integrados privados que tengan régimen de concierto educativo será la determinada por la normativa anteriormente citada.
El Consejo Social del C.I.F.P. Menesiano San Pedro Regalado está formado por:
- Cuatro representantes de la administración: uno de los cuales será el director del centro, que lo presidirá, otro será designado por la consejería de la que dependa el centro y los dos restantes serán designados uno por la consejería con competencias en materia de educación y otro por la consejería con competencias en materia de empleo.
- Cuatro representantes del centro: el jefe de estudios, otro designado por el director, otro por el Claustro de Profesores y uno en representación del alumnado.
- Cuatro representantes de los agentes económicos y sociales: dos de ellos miembros de las organizaciones empresariales y otros dos de las organizaciones sindicales más representativas y con presencia en el Consejo Regional de Formación Profesional, designados por las citadas organizaciones.
- Actuará como secretario del Consejo Social, con voz pero sin voto, el secretario del centro.
Dada las características de nuestro Centro y al número reducido de las personas que formamos parte de la Comunidad Educativa, nos vemos obligados a reajustar los representantes que formarán parte del Consejo Social.